Las tarjetas <<revolving>> han sido objeto de atención en España debido a sus altas tasas de interés y la falta de transparencia en su comercialización. Estas tarjetas permiten a los usuarios financiar compras y realizar pagos mediante un crédito renovable, pero con intereses que superan el 25% TAE, lo que puede llevar a una deuda prolongada y difícil de saldar.
¿QUE ES UNA TARJETA REVOLVING? Es un tipo de crédito al consumo con interés, puede ser indefinido o con una duración que se renueva automáticamente. El consumidor puede disponer del crédito hasta un límite, sin necesidad de pagar la totalidad de lo dispuesto en un plazo fijo. En su lugar, el pago se realiza de forma aplazada con cuotas periódicas, las cuales pueden ser fijas o un porcentaje de lo dispuesto. Normalmente se fija un porcentaje o cuota baja, lo que alarga el tiempo de amortización y genera altos intereses. A medida que el consumidor utiliza el crédito (por compras, retiradas de efectivo, etc.), el límite de crédito disminuye, pero se renueva automáticamente a medida que se pagan las cuotas. El Banco de España lo califica como <<efecto bola de nieve>>.
SENTENCIAS nº 154/2025 Y nº 155/2025 del Tribunal Supremo: Nuestro alto tribunal ha examinado dos demandas interpuestas por consumidores reclamando la falta de transparencia y abusividad en sus contratos de Credito Revolving, llegando a las siguientes conclusiones:
- Consecuencias negativas de este tipo de créditos para el consumidor:
- Endeudamiento prolongado: El crédito revolving puede generar una espiral de deuda debido a su carácter indefinido. Los elevados tipos de interés, junto con las bajas cuotas mensuales, hacen que se amortice muy poco capital, lo que alarga indefinidamente la deuda.
- Impacto de las cuotas bajas: Aunque las cuotas fijas o en porcentaje puedan parecer atractivas al principio, en muchos casos son tan bajas que no permiten reducir significativamente el saldo principal, especialmente si se incumple alguna cuota. Esto genera un endeudamiento a largo plazo.
- Consecuencias de impagos: En caso de impago, se aplican comisiones e intereses de demora sobre el total adeudado, lo que incluye el capital original, los intereses y las comisiones, lo que agrava aún más la deuda.
- Obligación de información al consumidor:
- Información previa a la firma del contrato: El Tribunal resalta que, aunque el contrato y la ficha con la Información Normalizada Europea sean entregadas y firmadas por el consumidor, la obligación del prestamista es entregar esta información antes de que el consumidor firme o haga uso del credito, ya que de lo contrario, el consumidor puede verse comprometido a usar el crédito sin tener claridad sobre los riesgos y condiciones.
- El contrato debe explicarse en un lenguaje claro, sin tecnicismos, con cada riesgo explicado por separado y claramente diferenciado del resto.
- ¿Qué debe incluir la información sobre el crédito revolving?:
- La información debe explicar claramente cómo se calculará la cuota mensual, el tipo de interés aplicado y la duración del crédito. También debe señalar que los intereses no solo se aplican sobre el capital dispuesto, sino sobre el total adeudado (capital, intereses y comisiones).
- Es importante incluir ejemplos prácticos que muestren al consumidor cómo la baja cuota mensual, en combinación con un tipo de interés elevado, puede llevar a una amortización mínima del capital.
- Debe explicarse el sistema de intereses, no solo el TAE que sera de aplicacion, sino cómo funciona el sistema de amortización y la relación entre los pagos, los intereses y la deuda total.
Consecuencias de la falta de transparencia en el contrato:
- Desequilibrio contractual: La falta de claridad en la cláusula sobre el TAE y en el sistema de amortización crea un desequilibrio que perjudica al consumidor; que sin entender completamente los riesgos, puede comprometerse en un contrato con consecuencias financieras graves que le generen un endeudamiento a largo plazo, <<deudor cautivo>>.
- Comercialización engañosa: La venta de estos productos fuera de los canales tradicionales (por ejemplo, en estaciones de tren, aeropuertos o grandes superficies comerciales) y el uso de nombres y anuncios que minimizan los riesgos, como «cuota fácil», puede inducir al consumidor a contratar sin comprender lo que implican este tipo de créditos.
En definitiva, el crédito revolving es perjudicial si no se informa adecuadamente al consumidor sobre sus riesgos, consecuencias y costos. La falta de transparencia y la falta de Buena Fe en su comercialización contribuyen a que el consumidor no tome decisiones informadas, que no pueda comparar los sistemas de obtencion de credito y por lo tanto tomar decisiones sin evaluar los riesgos y graves problemas economicos que pueden generarse.
Si has contratado una tarjeta revolving sin comprender completamente sus condiciones o te encuentras atrapado en un ciclo de deuda, no dudes en contactarnos. Nuestro equipo de abogados te asesorará y defenderá tus intereses.