Hoy 3 de abril de 2025 entra en vigor la la Ley Orgánica 1/2025, que modifica del artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Esta nueva regulacion recoge medidas urgentes para desokupar y desalojar a las personas que de forma ilegal acceden a una vivienda.

Los juicios para desahuciar a los ocupantes sin derecho podían llegar a ser de meses e incluso años. Gracias a está modificación, se permite que estos casos se resuelvan en un plazo máximo de 15 días agilizando el proceso judicial y facilitando la recuperación de la propiedad por parte de los dueños.

 

Procedimiento para la Ejecución del Desalojo:

1. Se celebra el juicio.
2. Comienza un plazo de 15 días para la ejecución.
3. Se procederá con el desalojo.
4. No es necesario un estudio de vulnerabilidad.

 

 

Pasos a seguir para realizar una denuncia de una usurpación de la vivienda:

  1. Presentar una denuncia formal ante las autoridades.
  2. Aportar toda la documentación necesaria sobre la vivienda y las personas que la ocupan.
  3. Solicitar medidas cautelares para evitar daños al inmueble durante el proceso judicial.
  4. Colaborar con las autoridades proporcionando toda la información que podamos.

 

 

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