El Ayuntamiento de Zaragoza ha aprobado una importante rebaja del Impuesto de Plusvalía, especialmente pensada para las familias que reciben un inmueble por herencia. La medida ha sido aprobada con el objetivo de aliviar la carga fiscal en un momento tan delicado como la transmisión de bienes tras un fallecimiento.

¿Qué es la plusvalía municipal?

La plusvalía es un impuesto que se paga cuando se vende, dona o hereda un inmueble urbano. No se calcula sobre el valor total de la vivienda, sino sobre el incremento del valor del suelo desde que se adquirió hasta que pasa a otra persona.

En las herencias, son los herederos quienes deben asumir este impuesto, cuya cuantía depende del valor catastral del terreno y de los años transcurridos desde la última transmisión.

Desde hace años, Zaragoza aplica diversas bonificaciones para reducir este coste, sobre todo en los casos de las herencias.

¿Qué cambia ahora?

La nueva modificación supone una rebaja notable:

● Segundas viviendas, garajes y trasteros con una bonificación del 95%. Antes era del 65%. Ahora se aplica el máximo legal permitido. Requisito: valor catastral del suelo inferior a 200.000 €.

● Otros inmuebles urbanos con una bonificación del 65%. Locales, naves y otras propiedades pasan del 50% al 65% de bonificación.

● Vivienda habitual y negocios familiares con una bonificación del 95%. Se mantiene igual desde hace años y sin límite de valor catastral. Esto protege especialmente a familias que heredan la casa familiar o un negocio.

Además, las rebajas también se aplicarán a los pactos sucesorios de presente, una figura típica del Derecho Foral Aragonés que permite transmitir bienes en vida mediante un contrato que no puede revocarse.

¿Por qué se ha aprobado esta rebaja?

El objetivo es claro: aliviar la presión fiscal de los zaragozanos y evitar que heredar un inmueble se convierta en un problema económico.

Según los cálculos municipales, esta reducción supondrá un ahorro anual entre 1,1 y 1,4 millones de euros para la ciudadanía.

¿Quién se beneficia directamente?

Esta reforma está pensada especialmente para:

● Familias que hereden segundas viviendas, garajes o trasteros con valor catastral inferior a 200.000 €.

● Personas que reciban otro tipo de inmuebles urbanos, que ahora tendrán mayor bonificación.

● Herederos de la vivienda habitual del fallecido.

● Quienes reciban inmuebles ligados a una actividad empresarial, facilitando la continuidad de negocios familiares.

● Personas que utilicen pactos sucesorios para organizar su herencia.

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